J.M. Ballester / S.Calavera - Cuando ya había una clínica privada dispuesta a privar a Eluana Englaro de alimentación e hidratación hasta causarle la muerte y el final parecía inminente, el Gobierno italiano ha prohibido que se tome esta medida con cualquier paciente en estado vegetativo. Argumenta que, según una convención de la ONU, sería discriminación por discapacidad.
Parecía que Eluana Englaro no pasaría de esta semana. Pero el Gobierno italiano, de momento, la ha salvado de la muerte por desnutrición y deshidratación. El Ministerio de Sanidad ha enviado una circular a todas las regiones en la que prohíbe a cualquier centro medico público o privado que se interrumpa la alimentación a pacientes en estado vegetativo, lo que impide así ejecutar la sentencia que autorizó a causar la muerte a la joven italiana.
En la circular, Maurizio Sacconi, ministro de Bienestar Social (que en Italia engloba Trabajo y Sanidad), advierte de que interrumpir la nutrición e hidratación de las personas en estado vegetativo “no es legal”.
Apoyo internacional
Sacconi explica que así se especifica en un estudio de 2005 del Comité Italiano de Bioética y en el artículo XXV de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas. Éste impide “que se nieguen, de manera discriminatoria, servicios de salud o de atención de la salud, o alimentos sólidos o líquidos por motivos de discapacidad”.
El ministro ha argumentado que las personas discapacitadas deben tener garantizado algo tan básico como la alimentación: “He firmado esta acta porque considero un deber que en todo el servicio sanitario nacional, también las estructuras privadas autorizadas, se garantice a cualquier persona con discapacidad el derecho a la nutrición y a la hidratación”.
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